Si, el Art. 1905 del Código Civil señala que el poseedor de un animal, o del que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. 

En este orden de cosas si como titular de una rehala tengo a mi cargo 80 perros soy civilmente responsable de los daños que pudiera ocasionar cada uno de ellos, por lo que para estar debidamente cubierto debería tener declarados todos y cada uno de los perros en mi póliza de seguro. 

Es habitual que los perros de rehalas en batidas puedan causar daños a ganados bien por adentrarse dentro de establecimientos ganaderos o bien por encontrarse el ganado pastando en el campo. En estos casos, el tener dado de alta todos los perros integrantes de la rehala supondría que mi compañía de seguros se hiciera cargo de los daños y no pudiera alegar la falta de aseguramiento de todos.

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